Recuerde que solo están habilitados el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía, el Registro Nacional de Animales Potencialmente Peligrosos de la Especie Canina y el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro Promotoras de la Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía.
Debe considerar que la responsabilidad de registrar a una mascota es de los dueños o poseedores en calidad de responsables de estos.